Un fallo que dice las cosas por su nombre las traducciones públicas son instrumentos públicos
Paiva, Roberto Martín
Un fallo que dice las cosas por su nombre las traducciones públicas son instrumentos públicos Recurso electrónico - Buenos Aires Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires diciembre-febrero 2014 - p. 6-10 ilus. - Trimestral - Los matriculados, destino y esencia de la vida institucional n.120 .
Gentileza de la Trad. Públ. María Florencia Fernández.
Comentario al fallo CyCom Lomas de Zamora, Sala II, 11/7/2013, «Italpresse Industrie SpA c/ Aluminio Della Croce s/ cobro ejecutivo»; causa 43.294, reg. int. 287 bis, f° 157 bis. [...] los cuestionamientos de la disconforme en torno a los términos de la traducción que acompaña a cada uno de los títulos circulatorios, por revestir el carácter de instrumento público, debieron canalizarse a través de la redargución de falsedad, todo lo cual hace caer en el vacío el embate vertido en este sentido. Fallo de primera instancia, JCyCom 1 Avellaneda, 3/12/12, «Italpresse Industrie SpA c/ Aluminio Della Croce s/ cobro ejecutivo»; causa 4742/2011. Con relación a las observaciones en cuanto a la traducción, en tal caso debió haber planteada redargución de falsedad, ya que se trata de una traducción pública, por lo que nada cabe agregar al respecto.
2314-1301
ARGENTINA
DERECHO
FALLO
TRADUCCIÓN PÚBLICA
TRADUCTORES PUBLICOS
H 130
Un fallo que dice las cosas por su nombre las traducciones públicas son instrumentos públicos Recurso electrónico - Buenos Aires Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires diciembre-febrero 2014 - p. 6-10 ilus. - Trimestral - Los matriculados, destino y esencia de la vida institucional n.120 .
Gentileza de la Trad. Públ. María Florencia Fernández.
Comentario al fallo CyCom Lomas de Zamora, Sala II, 11/7/2013, «Italpresse Industrie SpA c/ Aluminio Della Croce s/ cobro ejecutivo»; causa 43.294, reg. int. 287 bis, f° 157 bis. [...] los cuestionamientos de la disconforme en torno a los términos de la traducción que acompaña a cada uno de los títulos circulatorios, por revestir el carácter de instrumento público, debieron canalizarse a través de la redargución de falsedad, todo lo cual hace caer en el vacío el embate vertido en este sentido. Fallo de primera instancia, JCyCom 1 Avellaneda, 3/12/12, «Italpresse Industrie SpA c/ Aluminio Della Croce s/ cobro ejecutivo»; causa 4742/2011. Con relación a las observaciones en cuanto a la traducción, en tal caso debió haber planteada redargución de falsedad, ya que se trata de una traducción pública, por lo que nada cabe agregar al respecto.
2314-1301
ARGENTINA
DERECHO
FALLO
TRADUCCIÓN PÚBLICA
TRADUCTORES PUBLICOS
H 130