Fallos jurisprudenciales honorarios de peritos Recurso electrónico - Buenos Aires Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires diciembre 2003-febrer 2004 - p.18 - Mensual - Cortázar: nuestro colega Traductor Público Nacional n.67 .

Los honorarios de los peritos deben adecuarse, además del mérito, importancia y naturaleza de la labor cumplida, al monto del juicio y a los emolumentos de los profesionales que han intervenido en la causa y, de tal manera, el órgano jurisdiccional deberá armonizar la preeminencia de las pautas mencionadas a fin de obtener una retribución que, al par de justa, resguarde debidamente el derecho de propiedad del beneficiario y del obligado al pago y no se arribe a un monto totalmente distorsionado con la tarea cumplida que, en definitiva, es lo que se debe retribuir [arts. 17 Const. Nacional; 499, 1627 Cód. Civil, texto según ley 24432].

1514-5794


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