La aplicación de la Ley 20.305 en los organismos públicos Recurso electrónico
- Buenos Aires Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires mayo-junio 2007
- p.30
- Bimensual
- El traductor público y la interpretación n.85 .
Al sancionar nuestra ley, en el año 1973, el Congreso de la Nación reconoció en favor del Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, la potestad de fiscalizar el correcto ejercicio de la función del Traductor Público y el decoro profesional, por un lado, y el deber de vigilar el cumplimiento de la ley, por otro. En este contexto, el Consejo Directivo, a través de la Comisión de Ejercicio de la Profesión, ha efectuado un relevamiento de la normativa vigente y aplicable en organismos y entidades cuya actividad administrativa, se concatena de algún modo, con las incumbencias del Traductor Público y los deberes del CTPCBA.
1514-5794
ARGENTINA LEY 20.305 ORGANISMOS OFICIALES TRADUCCIÓN PÚBLICA TRADUCCIÓN PÚBLICA