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1.
Peritos al rescate : el lenguaje jurídico y no jurídico con el que debemos familiarizarnos los peritos traductores [Recurso electrónico] por
  • Cristina Monges, Alicia
Series Traducción especializada ; n.143Temas: EJERCICIO PROFESIONAL; FORMACIÓN PROFESIONAL; LABOR PROFESIONAL; LENGUAJE JURÍDICO; PERITOS; TERMINOLOGÍA JURÍDICA; TRADUCCIÓN JURÍDICA; TRADUCCION TECNICA; TRADUCTOR COMO PERITO.
Origen: Revista CTPCBA del Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, número 143
Tipo de material: Recurso continuo Recurso continuo
Detalles de publicación: Buenos Aires : Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, oct-dic 2019
Resumen: Al inscribirnos como peritos traductores, nos incorporamos a un ámbito nuevo de trabajo, sujeto a reglas específicas emanadas de los siguientes: el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para los fueros civil y comercial, de la justicia ordinaria, civil y comercial federal, y contencioso administrativo; la Ley 18345, de procedimiento laboral, para el fuero laboral; y el Código Procesal Penal de la Nación, para los fueros penal, federal penal y penal económico, entre otros. Estos códigos están redactados en un lenguaje propio, «el lenguaje jurídico», con el que tendremos que familiarizarnos, tanto en su uso como en su comprensión, para poder desarrollar nuestra tarea pericial.
Acceso en línea:
Disponibilidad: Ítems disponibles para préstamo: Biblioteca Bartolomé Mitre (1)Signatura topográfica: H130.

2.
El derecho como sistema lingüístico y sus implicaciones para la terminología jurídica por
  • Macías Otón, Elena
  • Ortega Arjonilla, Emilio
  • San Ginés Aguilar, Pedro
  • Vargas Sierra, Chelo [ed.]
  • Simposio Iberoamericano de Terminología RITerm AlicanteEspaña 25-27, oct 2012
Series TIC, trabajo colaborativo e interacción en terminología y traducción ; 132Temas: LENGUAJE JURÍDICO; METALINGUISTICA; RITERM XIII; SEMÁNTICA; SEMIOTICA; SERIES MONOGRAFICAS; SINTAXIS; TERMINOLOGÍA; TERMINOLOGÍA JURÍDICA; TRADUCCIÓN; TRADUCCION TECNICA.
Origen: Interlingua
Tipo de material: Recurso continuo Recurso continuo
Detalles de publicación: Granada : Comares, 2014
Resumen: En el presente trabajo se sostiene que la terminología jurídica no puede ser adecuadamente comprendida ni traducida si se prescinde de la distinción, propia de la semiótica jurídica, entre lenguaje del derecho -lenguaje objeto- y lenguaje de los juristas -metalenguaje-, así como de la consideración de que cada uno de estos lenguajes posee diferentes propiedades semánticas, sintácticas y pragmáticas. En este sentido, el traductor ha de tener presente las siguientes diferencias entre ambos lenguajes: en el plano de la semántica, el lenguaje del derecho contiene significados imperativos, mientras que el lenguaje de los juristas contiene juicios descriptivos; en el plano de la sintaxis, el lenguaje del derecho presenta la estructura prototípica de la proposición normativa (nombre del sujeto de derecho y nombre de la acción de derecho), mientras que el lenguaje de los juristas cuenta con una sintaxis más flexible; en el ámbito de la pragmática, en el lenguaje del derecho los actos de habla son locutivos, ilocutivos y perlocutivos, mientras que en el lenguaje de los juristas son únicamente locutivos e ilocutivos.
Disponibilidad: Ítems disponibles para préstamo: Biblioteca Bartolomé Mitre (1)Signatura topográfica: 81'25:004 V426.

3.
¿Sabías que...? : exhorto y oficio [Recurso electrónico] por
  • Venútolo, Roxana
Series Traducción especializada ; n.143Temas: EJERCICIO PROFESIONAL; FORMACIÓN PROFESIONAL; LABOR PROFESIONAL; LENGUAJE JURÍDICO; PERITOS; TERMINOLOGÍA JURÍDICA; TRADUCCIÓN JURÍDICA; TRADUCCION TECNICA; TRADUCTOR COMO PERITO.
Origen: Revista CTPCBA del Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, número 143
Tipo de material: Recurso continuo Recurso continuo
Detalles de publicación: Buenos Aires : Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, oct-dic 2019
Resumen: Si bien los términos «exhorto» y «oficio» hacen referencia a una comunicación entre tribunales de distinta jurisdicción territorial, la principal diferencia entre ellos radica en que en el exhorto un juez pide colaboración a otro para realizar una diligencia procesal en un territorio que escapa a su jurisdicción, mientras que el oficio cumple una función comunicativa acerca de disposiciones u órdenes emanadas de un juicio determinado, la solicitud de informes o diligencias sobre cuestiones ya resueltas...
Acceso en línea:
Disponibilidad: Ítems disponibles para préstamo: Biblioteca Bartolomé Mitre (1)Signatura topográfica: H130.

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